
Un trabajo de valor ciudadano y cultural escrito por José Antonio Galeano (Entrega Nº 6)
Palabras Claves: Ordenanzas de nomenclatura; Nombres de calles Asunción; Errores en espacios públicos; Memoria histórica urbana; Calles mal nombradas Paraguay; José Antonio Galeano; Paraguay
PRESENTACIÓN
En esta nueva entrega de la serie «Asunción y (los nombres de) sus calles», José Antonio Galeano expone con lucidez las graves inconsistencias que arrastran las “Ordenanzas de Nomenclatura” municipales. Con ejemplos tan insólitos como reveladores -desde títulos innecesarios hasta errores históricos groseros-, el autor pone en evidencia cómo la desprolijidad en la nominación de las calles de Asunción afecta nuestra memoria colectiva. Un texto que invita a repensar con más rigor y responsabilidad los homenajes que dejamos inscritos en el espacio público.
Los nombres de las calles en las denominadas “Ordenanzas de Nomenclatura”: la desprolijidad a la orden del día
Las normas que asignan nombres a los espacios públicos de la ciudad reciben genéricamente la denominación de “Ordenanzas de Nomenclatura”. Estas, sancionadas en todos los casos por la Junta Municipal de Asunción –el legislativo comunal es, por la Constitución Nacional y por la Ley, el único órgano de gobierno de la ciudad con atribuciones y capacidad para dictar Ordenanzas, Resoluciones y Reglamentos- con el tiempo fueron degradándose en cuanto al rigor que debe presidir cualquier acto legislativo. De esta suerte, en las “Ordenanzas de Nomenclatura” de Asunción pueden encontrarse increíbles muestras de desatino que, por decir lo menos, constituyen actos de una desprolijidad que raya en lo casi sacrílego.
Veamos otros pocos, pero ilustrativos ejemplos.
En la Ordenanza 6117/67 se pueden señalar como relevantes –pero no únicos- errores los siguientes:
Nominaciones que incluyen condiciones obvias o sencillamente irrelevantes de la persona objeto del tributo público
Existen nombres de calles que son inequívoca y verdaderamente pintorescos por las obviedades que se asocian a la condición de la persona a la que se rinde homenaje. Veamos algunos casos: “Av. Papa Juan XXIII”, “Poeta José Rivera Indarte”, “Pintor Pablo Alborno” (desatino todavía más marcado si se observa que en la misma norma se encuentra el también pintor Jaime Bestard sin que se señale en la nominación su condición de tal), “Juez Enrique L. Pinho”, “Prof. Catalina Q. de Domínguez” (y varios otros profesores y profesoras), “Prof. Dr. Carlos Fiebrig”, “Ing. John Whytehead”, “Dr. Ramón Fermín Zubizarreta” (señalado así aún cuando en la misma ordenanza figura una calle con el nombre de “Gerónimo Zubizarreta”, también jurista de nota acerca de cuya condición no se hace alusión alguna), “Botánico Teodoro Rojas”, “Padre José Saubatte” (e inmediatamente después la calle “Padre Pucheu”, sin aludir al nombre de este sacerdote, Juan).
Ante estas nominaciones contenidas en la normativa vigente cabe la pregunta: ¿Estos personajes valen por sí mismos o sólo adquieren relevancia para ser objeto de un tributo público –la nominación de calles con sus nombres- sólo por haber sido “Papa”, “Poeta”, “Pintor”, “Juez”, “Profesora”, “Prof. Dr.”, “Ingeniero”, “Dr.”, “Botánico” o “Padre”? Si la respuesta fuera que valen por sí mismos, ¿por qué hacer notar su condición? Y si la interrogante se respondiera expresando que sólo valen por su condición, ¿por qué rendirles tributo? Definitivamente, estamos convencidos que valen por sí mismos, independientemente de que hayan sido en su vida pública. Ergo, su condición o profesión debe desaparecer en una nueva ordenanza que se impone dictar para corregir éste y otros errores que se señalan aquí.
El caso Rigoberto Fontao Meza
La calle que rinde homenaje al poeta se llama “Compositor Rigoberto Fontao Meza”. Fontao Meza, autor del texto de la primera guarania con letra de la que se tenga memoria (genial creación del Maestro José Asunción Flores) “Arribeño resay”, jamás volcó una sola nota musical a un pentagrama. Denominarlo “Compositor” en la respectiva ordenanza no solo raya lo ridículo, sino que se emparienta peligrosamente con lo irresponsable.
El caso Presidente Dr. Juan Manuel Fretes
La calle alude (lo confirma el Sr. Kallsen en su libro) al Dr. Juan Manuel Frutos, primer mandatario de nuestro país en el marco de la gran anarquía –hubo seis Presidentes en quince meses- que sucedió a la Guerra Civil de 1947. El error es todavía más grosero si se considera que a lo largo de nuestra historia política jamás hubo un Presidente de apellido Fretes.
Los casos de Próceres varios
El de por sí objetable calificativo de “Prócer” -en el Diccionario de la Real Academia Española de la Lengua se citan tres acepciones del vocablo: “1.Eminente, elevado, alto.2. Persona de la primera distinción o constituida en alta dignidad. 3. Cada uno de los individuos que, por derecho propio o nombramiento del rey, formaban, bajo el régimen del Estatuto Real, el estamento a que daban nombre” sin que ninguna de ellas refiera a los personajes teóricamente honrados con esta designación en los nombres de varias calles de Asunción- aparece, en efecto, en varias Ordenanzas de manera absolutamente impropia.
Así, en la ya mencionada “patriótica” Ordenanza 6117/67 se encuentran consignadas, entre otras, las calles “Prócer José Tomás Isassi” (el apellido figura mal escrito en la aludida norma) (estafeta comisionado ante el Dr. Francia para urgirle su presencia en Asunción el 16 de mayo de 1811), “Prócer Francisco Antonio González” (sufragante en el Congreso del 17 de junio de 1811), “Prócer José Joaquín León” (ídem al anterior), “Prócer Blas Domingo Franco” (ídem a los anteriores), “Prócer Agustín Yegros” (ídem a los anteriores, con el agregado, en su caso, de que otra ordenanza -la 25168/89- nomina otra calle de la ciudad con su nombre), “Prócer Pedro Alcántara Estigarribia” (ídem a los anteriores). En la misma Ordenanza del 67 se consignan, también con el calificativo de “Próceres” las calles “Prócer Juan Bautista Acosta”, “Prócer Carlos Argüello” y “Prócer Cmte. Juan Manuel Gamarra”, personajes éstos de definitivamente mayor enjundia histórica que los otros citados en este mismo párrafo.
Por su parte, la Ordenanza 3291/79, nomina una calle con el nombre del ilustrado hombre de derecho y protagonista principal de la gesta libertaria de mayo de 1811, el Dr. Mariano Antonio Molas. Esa calle se llama “Prócer Mariano Antonio Molas”; el inconveniente aquí surge no con la denominación de la calle –a todas luces justificada, no como en más de uno de los casos expuestos precedentemente en este tópico- sino con el hecho de que existe otra calle con el mismo nombre y, por si ello fuera poco, un “Pasaje Molas” y una “Diagonal Molas” (que, bueno es señalarlo, refieren a otros personajes con ese mismo apellido).
Referencia sobre la fuente de este texto
Este texto hace parte de una obra que se ideó como minuta larga para su presentación al pleno de la Junta Municipal de Asunción, en setiembre de 2005, y acabó publicada en una obra de distribución gratuita de la serie “Cuadernos Asuncenos”, puesta a consideración de la ciudadanía capitalina por el movimiento político independiente “Asamblea de Asunción”, cuyos concejales municipales en el período legislativo 2001-2006 fueron el Arq. Luis Alberto Boh y el Abog. José Antonio Galeano. En las corporaciones legislativas locales de nuestro país se da el nombre de “Minuta” a todo documento presentado a estudio y consideración de la junta municipal o departamental, por un o una Concejal/a, vale decir, por una o uno de sus integrantes. El objeto del documento puede ser de índole diversa, abarcando desde la denuncia a la propuesta de norma. La referencia a la fecha de publicación es relevante pues, como es natural, luego de 20 años, con seguridad se han producido nuevos insumos con los cuales enriquecer el texto de aquella propuesta legislativa, texto que, dividido en partes, se da a conocer en “Por amor al Paraguay- Paraguai rayhupape”, en la serie denominada “ASUNCIÓN Y (los nombres de) SUS CALLES”.