Un trabajo de interés cultural y ciudadano escrito por José Antonio Galeano (Entrega Nº 5)
Palabras Claves: Calles de Asunción; Gabriel Casaccia; Nombres urbanos Paraguay; Memoria histórica Asunción; Errores en nomenclatura de calles; José Antonio Galeano; Paraguay
PRESENTACIÓN
¿Por qué las calles de Asunción no llevan los nombres de quienes realmente forjaron la historia y la cultura del Paraguay? En este nuevo artículo, José Antonio Galeano visibiliza, con claridad y sentido crítico, las omisiones, errores e incoherencias en la asignación de nombres a las calles de la capital. Desde la ausencia de figuras clave como Gabriel Casaccia, hasta duplicaciones sin sentido y fallas imperdonables en las ordenanzas oficiales, este texto es una invitación urgente a repensar la memoria que inscribimos en el espacio público. Una lectura necesaria para comprender cómo también se construye (o destruye) ciudadanía desde los nombres que nos rodean.
La inconcebible e inaceptable omisión de nombres ilustres del Paraguay y de la ciudad
Hace muy poco tiempo, minuta mediante, el Concejal Luis Alberto Boh, solicitó a la Junta Municipal la nominación de una calle de la ciudad con el nombre de Gabriel Casaccia, verdadero fundador de la narrativa de raíz esencialmente paraguaya. El caso del autor de “La Babosa”, “Los Huerta”, “Los exiliados” y tantas otras novelas de innegable trascendencia no es, sin embargo, el único en la lista de graves e injustas omisiones y se cita aquí al solo efecto de dar cara a una situación que la Municipalidad de Asunción debe atender con urgencia.
Las nominaciones que aluden, innecesariamente, a un mismo e idéntico hecho, fenómeno o circunstancia que se pretende honrar
Existen varios casos entre los cuales destaca uno que, por gráfico, nos releva de mayores comentarios: hay una calle con el nombre “Soldado Desconocido” y otra con el nombre de “Soldado Paraguayo”. La pregunta que cabe en este caso, por obvia, deviene en casi perogrullesca: ¿Son distintos el “Soldado Paraguayo” (así, genéricamente designado) y el “Soldado Desconocido”? Salvo que esta última denominación aluda a cualquier soldado desconocido o al Soldado Desconocido de cualquier lugar (circunstancia que no debiera considerarse para homenaje alguno), una de ambas calles tiene un nombre que no corresponde.
Los nombres de las calles en las denominadas “Ordenanzas de Nomenclatura”: la desprolijidad a la orden del día
Las normas que asignan nombres a los espacios públicos de la ciudad reciben genéricamente la denominación de “Ordenanzas de Nomenclatura”. Estas, sancionadas en todos los casos por la Junta Municipal de Asunción –el legislativo comunal es, por la Constitución Nacional y por la Ley, el único órgano de gobierno de la ciudad con atribuciones y capacidad para dictar Ordenanzas, Resoluciones y Reglamentos- con el tiempo fueron degradándose en cuanto al rigor que debe presidir cualquier acto legislativo. De esta suerte, en las “Ordenanzas de Nomenclatura” de Asunción pueden encontrarse increíbles muestras de desatino que, por decir lo menos, constituyen actos de una desprolijidad que raya en lo casi sacrílego.
Veamos algunos pocos, pero ilustrativos ejemplos:
En la Ordenanza 649/42 se advierten las siguientes falencias:
a) Algunos nombres de calles aluden solamente a los apellidos de las personas a las que esas nominaciones rinden tributo. La cuestión se torna grave porque al no existir en el texto de la norma una fundamentación del porqué del homenaje y, mucho menos, una mínima biografía del personaje se termina no sabiendo a quién se homenajea, más todavía si se considera que muchos de esos apellidos son comunes en el Paraguay. Así, encontramos los nombres de las calles siguientes: “Miranda”, “Rodi”, “Buesgermini” (el apellido es Buongermini), “Alonso”, “Balanza”, “Escalada”, “Chamorro”, “Bogarín”, “Guanes”, “Báez”, “Decoud”, “Godoy”, “Pane”, “Audibert”, “Aceval”, “Falcón” (Avenida), “Gomes”, “López de Filippis”, “Cañete”, “Lira”, entre otros. Solo la paciente y medulosa investigación posterior del Sr. Kallsen permitió realizar una identificación de los personajes en cuestión.
b) Figuran como nombres de calles fechas cuya relevancia, por notable que pudiera ser, no se puede colegir “per se”, sin fundamentos ni referencias. Tales los casos de “18 de Julio”(esta fecha puede aludir a uno de estos hechos: el fin de la batalla de Boquerón-Sauce o a la batalla de Aca Yuasá, existiendo además otras dos calles que se llaman “Boquerón” y “Aca Yuasá”),”20 de Julio” (alude a la célebre nota remitida el 20 de julio de 1811 por la Junta Superior Gubernativa presidida por Fulgencio Yegros a su par de Buenos Aires, en la que se sentaba la voluntad independista de nuestro país frente a cualquier pretensión extranjera de perturbar la independencia de la naciente República), “24 de Mayo”, “2 de Mayo”, “19 de Enero”(refiere a la batalla de Paraguari, librada en 1811 contra las tropas porteñas de Manuel Belgrano; existe además una calle “Paraguari”), “22 de Junio” (en recordación de la evacuación de Asunción por los aliados, en 1876, luego de haber permanecido en nuestra capital desde 1869), “8 de Junio”.
Desde otra perspectiva, la mayoría de estas fechas refieren a batallas trascendentes de las dos guerras internacionales que ha soportado nuestro país. Con relación a las mismas –las batallas- sus nombres también dan denominación a otras calles, con lo cual se está en presencia de una duplicación que, a todas luces, no se justifica. Ello es todavía más incongruente si se observa que las nominaciones (de la fecha y la batalla) se dan en la misma Ordenanza.
c) Hay errores e imprecisiones inaceptables en el texto oficial de la Ordenanza, que devienen en tales si se toma en consideración que las normas dictadas por el legislativo comunal hacen parte del derecho positivo paraguayo. Los casos siguientes son inequívocos: “López (sic) de Vega” (por el gran dramaturgo español de los Siglos de Oro, Lope de Vega, autor de “Fuenteovejuna” y “La Estrella de Sevilla”, entre otras obras teatrales del repertorio universal), “Viuda de las Llanas” (por Elvira Mena de de las Llanas, hija de líder comunero Juan de Mena y esposa del también revolucionario del Siglo XVII Ramón de las Llanas), “Lilio” (por Eusebio Lillo, poeta, error éste que perennizó en el habla popular, erróneamente, el apellido del personaje), “Campos Cervera” (apellido ilustre de la cultura paraguaya que podía aludir a más de una persona, aunque luego se haya dilucidado que en este caso la nominación refiere a Andrés Campos Cervera, el gran escultor y grabador compatriota que pasó a la inmortalidad con el seudónimo de “Julián de la Herrería”).
El caso Guido Spano
El poeta argentino Carlos Guido Spano, autor de un celebérrimo poema llamado “Nenia” (“Llora, llora urutaú,/en las ramas del yatai,/ya no existe el Paraguay/donde nací como tú…/Llora, llora urutaú…”), gran amigo del Paraguay y defensor de sus derechos contra la triple alianza, tiene una calle con su nombre en el distrito de Recoleta. Hasta aquí, en apariencia, todo en orden. El único inconveniente que surge es que el nombre del poeta en cuestión es “Carlos” y sus apellidos son “Guido Spano”. Al redactarse la norma se pensó, erróneamente, que “Guido” era el nombre y “Spano” el apellido. Con lo cual se sumó un error más a los tantos que existen y que aquí se señalan.
Referencia sobre la fuente de este texto
Este texto hace parte de una obra que se ideó como minuta larga para su presentación al pleno de la Junta Municipal de Asunción, en setiembre de 2005, y acabó publicada en una obra de distribución gratuita de la serie “Cuadernos Asuncenos”, puesta a consideración de la ciudadanía capitalina por el movimiento político independiente “Asamblea de Asunción”, cuyos concejales municipales en el período legislativo 2001-2006 fueron el Arq. Luis Alberto Boh y el Abog. José Antonio Galeano. En las corporaciones legislativas locales de nuestro país se da el nombre de “Minuta” a todo documento presentado a estudio y consideración de la junta municipal o departamental, por un o una Concejal/a, vale decir, por una o uno de sus integrantes. El objeto del documento puede ser de índole diversa, abarcando desde la denuncia a la propuesta de norma. La referencia a la fecha de publicación es relevante pues, como es natural, luego de 20 años, con seguridad se han producido nuevos insumos con los cuales enriquecer el texto de aquella propuesta legislativa, texto que, dividido en partes, se da a conocer en “Por amor al Paraguay- Paraguai rayhupape”, en la serie denominada “ASUNCIÓN Y (los nombres de) SUS CALLES”.